Fallos
Martes 29 de Septiembre de 2009
Anulan Despido de Trabajador que Participó como Testigo en un Juicio contra la Empresa
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo decidió dejar sin efecto el despido de un trabajador que había declarado como testigo en una causa contra la empresa, ordenando su reincorporación, tras considerar que se había tratado de un acto de “represalia”.
Sosteniendo que se había tratado de una cesantía discriminatoria, en un fallo dividido, los jueces que integran la Sala IV, decidieron hacer lugar a un recurso de apelación presentado contra una sentencia de primera instancia que había desestimado el pedido de empleado despedido de ser reincorporado en su puesto de trabajo.
En la causa “Lescano Víctor Cesar c/ Ingelplam S.A s/ despido”, cuatro días después de que el empleado se presentase a declarar como testigo en una causa contra la empresa, recibió el telegrama de despido, considerando los magistrados que la fecha que encabeza el texto de la comunicación del despido, la cual fue suscripta por el presidente del directorio de la compañía, fuese la del día inmediatamente posterior a la declaración testimonial.
Debido a ello, los camaristas sostuvieron que el despido del trabajador constituía una represalia frente a la decisión del actor de testimoniar en un proceso laboral contra la compañía.
Los magistrados sostuvieron que si bien de acuerdo a la ley 22.250, el empleador no se encuentra obligado a expresar ni acreditar causa alguna para despedir lícita y válidamente al trabajador, las decisiones pueden ser igualmente ilícitas si son contrarias a los derechos fundamentales del trabajador.
Sosteniendo que se había tratado de una cesantía discriminatoria, en un fallo dividido, los jueces que integran la Sala IV, decidieron hacer lugar a un recurso de apelación presentado contra una sentencia de primera instancia que había desestimado el pedido de empleado despedido de ser reincorporado en su puesto de trabajo.
En la causa “Lescano Víctor Cesar c/ Ingelplam S.A s/ despido”, cuatro días después de que el empleado se presentase a declarar como testigo en una causa contra la empresa, recibió el telegrama de despido, considerando los magistrados que la fecha que encabeza el texto de la comunicación del despido, la cual fue suscripta por el presidente del directorio de la compañía, fuese la del día inmediatamente posterior a la declaración testimonial.
Debido a ello, los camaristas sostuvieron que el despido del trabajador constituía una represalia frente a la decisión del actor de testimoniar en un proceso laboral contra la compañía.
Los magistrados sostuvieron que si bien de acuerdo a la ley 22.250, el empleador no se encuentra obligado a expresar ni acreditar causa alguna para despedir lícita y válidamente al trabajador, las decisiones pueden ser igualmente ilícitas si son contrarias a los derechos fundamentales del trabajador.
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