Aceptan Pesificación del Monto Reclamado por Aplicación de la Ley de Emergencia Económica
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió modificar una resolución de primera instancia donde se establecía la inaplicabilidad de la ley de emergencia económica, debido a lo cual se aceptaba la verificación de un crédito en dólares. En forma contraria a lo resuelto en la resolución apelada, los camaristas determinaron la constitucionalidad de la mencionada normativa de emergencia, estableciendo de esta forma la pesificación del monto reclamado en virtud del crédito. Los magistrados que componen la Sala D, en los autos caratulados “Sismar S.A. s/ concurso preventivo s/ incidente de revisión por Santol, Graciela”, consideraron que resultaba aplicable al presente caso la doctrina del esfuerzo compartido. En tal sentido, los letrados consideraron que dicho reajuste debía efectuarse teniendo en cuenta la fecha en que había comenzado la mora por parte de la concursada. Teniendo en cuenta tal circunstancia, los camaristas determinaron que la diferencia resultante de la pesificación, tomando un dólar al precio de un peso, y la cotización actual del dólar, debía soportarse en un 35 % por parte de la acreedora y un 65% por parte del deudor moroso. Según la postura expuesta por los jueces en el fallo emitido el pasado 23 de julio del corriente año, debe adecuarse el monto de los intereses moratorios como consecuencia de la aplicación de la doctrina del esfuerzo compartido.

 

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