Tribunales Arbitrales de Consumo en la Ciudad de Buenos Aires
La ley 2.963 sancionada a fines del a帽o pasado por la Legislatura Porte帽a, por medio de la cual se dispuso la creaci贸n de los Tribunales Arbitrales de Consumo dentro del Sistema Arbitral de Consumo, ser谩 reglamentada a fin de resolver los conflictos comerciales suscitados entre consumidores y empresas.
Con el fin de poner en funcionamiento el sistema de arbitraje, la Direcci贸n General de Defensa y Protecci贸n del Consumidor porte帽o, invit贸 a diferentes organizaciones civiles, as铆 como c谩maras empresariales e instituciones acad茅micas, para participar de la redacci贸n de la norma que reglamentar谩 el funcionamiento de dichos tribunales.
De acuerdo a lo argumentado en la normativa que cre贸 dichos tribunales, la funci贸n de los mismos radicar谩 en la atenci贸n y resoluci贸n con car谩cter vinculante, produciendo efectos a la cosa juzgada para ambas partes, los reclamos de los usuarios y consumidores.
El laudo emitido por el Tribunal Arbitral de Consumo, s贸lo podr谩 ser revisado ante la Justicia en caso de incumplimiento o por pedido de nulidad.
El tribunal se encontrar谩 integrado por tres vocales, siendo uno de ellos propuesto por asociaciones de consumidores, otro por las asociaciones empresariales, mientras que el 煤ltimo ser谩 seleccionado entre los inscriptos en el Registro de 脕rbitros Institucionales.


 

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