Mediante la resolución 229, la Unidad de Información Financiera (UIF) estableció nuevas responsabilidades y facultades para supervisar a los sujetos obligados a comunicar aquellos movimientos financieros que puedan responder a lavado de activos o financiación del terrorismo.
Con la medida, la UIF reglamentó la colaboración del Banco Central (BCRA), la Comisión Nacional de Valores (CNV), la Superintendencia de Seguros de la Nación (SSN) y el Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (INAES) para reportar presuntos ilícitos.
La resolución aclara que los organismos “deberán supervisar el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones en materia de prevención del Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo establecidas en las citadas normas, empleando facultades propias y disponiendo las medidas y acciones correctivas que estimen necesarias, a los fines de corregir y mejorar los procedimientos de cumplimiento en materia de prevención de lavado de activos”.
Cabe señalar que las supervisiones, fiscalizaciones e inspección deberán incluir el desarrollo de una matriz referida al sector económico supervisado, lo que deberá quedar establecido en el Manual de Procedimiento del organismo involucrado.
Por otra parte, la Unidad dispuso que las inspecciones in situ serán clasificadas en integrales, (destinadas a verificar el cumplimiento de la totalidad de las políticas y procedimientos de las obligaciones) o en específicas (para verificaciones puntuales).
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