Noticias
Miércoles 10 de Julio de 2024
Modificaciones aplicables al pago de intereses por deuda comercial y financiera entre contrapartes vinculadas
El 5 de julio de 2024, el Banco Central de la República Argentina (el "BCRA") emitió la Comunicación "A" 8059 (la "Comunicación") dejando sin efecto el requisito de conformidad previa del BCRA para el acceso al mercado libre de cambios (el "MLC") para:
- realizar pagos de intereses de deudas comerciales por la importación de bienes y servicios con contrapartes vinculadas del exterior en tanto el vencimiento de los intereses se produzca a partir del 5 de julio de 2024; y
- realizar pagos de intereses de deudas comerciales y de endeudamientos financieros con contrapartes vinculadas en la medida que el pago se efectúe mediante la liquidación simultánea de un importe igual o mayor al monto de los intereses por los cuales se accede al MLC proveniente de nuevos endeudamientos financieros con el exterior o nuevos aportes de inversión directa de no residentes.
Los nuevos fondos podrán ser ingresados y liquidados (convertidos a moneda local a través del MLC) por el deudor del endeudamiento con el exterior cuyos intereses se cancelan o por otra empresa residente relacionada con el deudor y su grupo económico.
La Comunicación entró en vigencia el 5 de julio de 2024.
Opinión
Bienvenidos los cambios en el proceso sumario de Defensa de la Competencia
Por
Luis Diego Barry
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
opinión
ver todos
Por Ricardo I. Kennedy
Diaz Bobillo, Vittone, Carassale, Richards & Goyenechea Abogados
Diaz Bobillo, Vittone, Carassale, Richards & Goyenechea Abogados
Por Pablo Alejandro Pirovano
PASBBA Abogados
PASBBA Abogados
Por Tomás Guido (*)
Estudio Durrieu
Estudio Durrieu
Por Federico Rocca
Rocca Consulting
Rocca Consulting
detrás del traje
De TCA TANOIRA CASSAGNE
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS