La justicia le exigió a Claro que indemnice a sus clientes con $28,8 millones

De esta manera lo determinó la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal por considerar como ilegítima la decisión de la firma CTI, adquirida por la empresa mencionada, de cobrar a sus usuarios las llamadas a la casilla de mensaje y facturar la comunicación a partir del momento en que se presiona el botón Enviar.

 

La medida que le exige a Claro abonar aproximadamente 28,8 millones de pesos más intereses a un grupo de usuarios y ex clientes se desprende de una acción colectiva iniciada por la Asociación por la Defensa de Usuarios y Consumidores.

 

Las empresas de telecomunicaciones ofrecen un servicio de casilla de mensaje gratuito, aunque no informan que las llamadas a este se facturan. La acción promovida por la Asociación se centraba en la omisión de este dato. Asimismo, la acusación solicitaba que se deje de cobrar las llamadas a partir del momento en que se presiona Enviar.

 

En una primera instancia, el juez hizo lugar al reclamo y condenó a la empresa a dar la información acerca del servicio de contestador automático. No obstante, rechazó la pretensión de que no se facture la consulta y declaró abstracta la presentación vinculada al cobro de las llamadas al momento de presionar la tecla mencionada.

 

Ante la apelación de las dos partes, los jueces de la Sala II, Ricardo Guarinoni, Alfredo Gusman y Graciela Medina, confirmaron la condena a Claro y consideraron pertinente el reintegro por las “sumas ilegítimamente percibidas por tales conceptos en el período comprendido entre el 29-5-04 y la fecha en que se concrete el cese”.

 

La firma deberá abonar, de acuerdo a la resolución de la justicia, 92,57 pesos por usuario afectado, debido al cobro indebido de las llamadas al contestador y tendrá que reintegrar 13,9 millones de pesos en total por facturar las llamadas desde que se presiona la tecla Enviar. Claro puede apelar la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia.

 

 

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