Eliminación del Impuesto País a importaciones de ciertos proyectos de Generación de Energía Eléctrica por Fuentes Renovables

El 19 de julio de 2024 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 101/2024 ("Resolución") estableciendo la no aplicación del Impuesto País del 17,5% a la adquisición de moneda extranjera para el pago de ciertas importaciones.

 

El Impuesto País fue creado por la Ley Nro. 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública ("Ley de Emergencia") en Diciembre de 2019 y resulta aplicable a los residentes fiscales argentinos, por las siguientes actividades: 

 

  • Adquisición de moneda extranjera (incluyendo cheques de viajero) para fines de ahorro o sin uno de los propósitos específicos relacionados con el pago de obligaciones bajo los términos de la normativa cambiaria, efectuado por un residente argentino.
  • Cambio de moneda extranjera efectuado por entidades financieras argentinas, en nombre de un sujeto local, destinado al pago de bienes y servicios prestados en el exterior, pagados usando una tarjeta de débito, crédito o compra emitidas por entidades argentinas, o cualquier otro mecanismo de pago determinado por las regulaciones, incluyendo extracciones de efectivo realizadas en el exterior. También se encuentran incluidas las adquisiciones hechas usando sitios web y cualquier otro tipo de operaciones que implique la adquisición remota de moneda extranjera.
  • Cambio de moneda extranjera efectuada por entidades financieras argentinas, destinado al pago, en nombre de un sujeto local, de servicios prestados por no residentes, cancelados mediante tarjetas de débito, crédito o compra emitidas por entidades argentinas, como también otros medios de pago que determinen las regulaciones.
  • Adquisición de servicios en el exterior mediante agencias argentinas de viajes o turismo.
  • Adquisición de pasajes aéreos, terrestres o acuáticos en la medida que sea necesario adquirir moneda extranjera para su pago, para destinos fuera de Argentina.

Eliminación de la aplicación del Impuesto País a ciertas transacciones

 

La Resolución dispone la no aplicación del Impuesto País del 17,5% a la adquisición de moneda extranjera para el pago de las importaciones de mercaderías a ser utilizadas en los proyectos incluidos en el siguiente listado: PARA ACCEDER AL LISTADO, HACER CLICK AQUÍ.

 

Vigencia  

 

La Resolución resulta de aplicación para las operaciones de adquisición de moneda extranjera efectuadas a partir del 19 de junio de 2024.

 

Por Martin Barreiro y Juan Pablo Menna

 

 

Baker McKenzie
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