Fallos
Jueves 31 de Diciembre de 2009
El Poder Ejecutivo Deberá Explicar Cómo Usará las Reservas del Banco Central
Ante una acción de amparo presentada por el gobierno de la Provincia de San Luis, en el que solicita que se declare la inconstitucionalidad del decreto presidencial que autorizó la utilización de reservas del Banco Central para el pago de la deuda externa, la Corte Suprema de Justicia de la Nación decidió asumir la competencia en el caso.
El Máximo Tribunal decidió habilitar días y horas hábiles de la feria judicial, dando un plazo al Poder Ejecutivo Nacional de diez días para que responda la demanda presentada.
De acuerdo a lo argumentado en el amparo presentado por la provincia gobernada por Rodríguez Saá, la decisión adoptada por el gobierno nacional fue sin previa autorización y sin reintegrarlo a la masa coparticipable de las provincias.
Por otro lado, la demanda promovida por la mencionada provincia también solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas 419/09 que dispone la aplicación de dicha decisión, como así también de la ley nacional 26.563, la que estableció la prórroga de la emergencia pública hasta el próximo 31 de diciembre de 2011.
El Máximo Tribunal decidió habilitar días y horas hábiles de la feria judicial, dando un plazo al Poder Ejecutivo Nacional de diez días para que responda la demanda presentada.
De acuerdo a lo argumentado en el amparo presentado por la provincia gobernada por Rodríguez Saá, la decisión adoptada por el gobierno nacional fue sin previa autorización y sin reintegrarlo a la masa coparticipable de las provincias.
Por otro lado, la demanda promovida por la mencionada provincia también solicitó la declaración de inconstitucionalidad de la resolución del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas 419/09 que dispone la aplicación de dicha decisión, como así también de la ley nacional 26.563, la que estableció la prórroga de la emergencia pública hasta el próximo 31 de diciembre de 2011.
Opinión
Bienvenidos los cambios en el proceso sumario de Defensa de la Competencia
Por
Luis Diego Barry
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
opinión
ver todos
Por Ricardo I. Kennedy
Diaz Bobillo, Vittone, Carassale, Richards & Goyenechea Abogados
Diaz Bobillo, Vittone, Carassale, Richards & Goyenechea Abogados
Por Pablo Alejandro Pirovano
PASBBA Abogados
PASBBA Abogados
Por Tomás Guido (*)
Estudio Durrieu
Estudio Durrieu
Por Federico Rocca
Rocca Consulting
Rocca Consulting
detrás del traje
De TCA TANOIRA CASSAGNE
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
FALLOS