El Gobierno Nacional establece una nueva prórroga para realizar la adhesión al Régimen de Regularización de Activos, la presentación de la declaración jurada y el pago del impuesto especial de regularización

El Poder Ejecutivo Nacional prorrogó nuevamente, mediante el Decreto Nº 977/2024 (el “Decreto”) del 1 de noviembre de 2024, las fechas del Régimen de Regularización de Activos previsto en el Título II de la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, conforme el siguiente detalle:

Prórroga del período para realizar la manifestación de adhesión (artículo 21) y el pago adelantado obligatorio (artículo 30):

 

  • Etapa 1: Desde el 1 de noviembre de 2024 y hasta el 8 de noviembre de 2024, inclusive.
  • Etapa 2: Desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025, inclusive.
  • Etapa 3: Desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025, inclusive.

Prórroga de la fecha límite de la presentación de la declaración jurada (artículo 22) y del pago del impuesto de regularización (artículo 29):

 

  • Etapa 1: 6 de diciembre de 2024, inclusive.
  • Etapa 2: 7 de marzo de 2025, inclusive.
  • Etapa 3: 6 de junio de 2025, inclusive.

Adicionalmente, el Decreto agrega precisiones para el caso en que se incluya dinero y depósitos bancarios durante el período de prórroga, entre otras cuestiones. 

 

Por Manuel M. Benites, L. Marcelo Núñez  y Facundo Fernández Santos

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
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