Bruchou & Funes de Rioja y Beccar Varela asesoran en emisión de obligaciones negociables de Vista Energy Argentina

El pasado 5 de diciembre, Vista Energy Argentina S.A.U. (“Vista”) emitió exitosamente las Obligaciones Negociables Clase XXII —simples, no convertibles en acciones, denominadas, integradas y a ser pagaderas en Dólares Estadounidenses en el exterior—, por un valor nominal de US$14.668.984 (Dólares Estadounidenses Catorce millones seiscientos sesenta y ocho mil novecientos ochenta y cuatro) (las “Obligaciones Negociables Clase XXII”). La emisión fue realizada en el marco del Programa Global para la emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) a corto, mediano o largo plazo por un monto máximo de hasta US$800.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor).

 

Las Obligaciones Negociables Clase XXII, cuyo vencimiento operará el 5 de junio de 2026, devengarán intereses a una tasa de interés fija del 5% nominal anual y amortizarán el 100% del capital en un único pago en su fecha de vencimiento.

 

Asimismo, las Obligaciones Negociables Clase XXII han sido admitidas para su listado en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y autorizadas para su negociación en Mercado Abierto Electrónico S.A. El pasado 30 de noviembre, Moody’s Local AR Agente de Calificación de Riesgo S.A. y FIX SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo (Afiliada de Fitch Ratings) calificaron a las Obligaciones Negociables Clase XXII como “AAA.ar” con perspectiva “estable”.

 

En esta emisión, Banco de Galicia y de Buenos Aires S.A.U., Macro Securities S.A.U. y Balanz Capital Valores S.A.U. actuaron como colocadores (todos ellos, en conjunto, los “Colocadores”).

 

Asesores legales de Vista:

 

Bruchou & Funes de Rioja: equipo liderado por José María Bazán, con la participación de Josefina Mortola Saiach y Sofia Maselli.

 

Abogadas internas: Florencia Hardoy y Rosario Maffrand.

 

Asesores legales de los Colocadores:

 

Beccar Varela: equipo liderado por Luciana Denegri, con la participación de María Victoria Pavani y María Belén Tschudy.

 

 

Beccar Varela
Ver Perfil
Bruchou & Funes de RIoja
Ver Perfil

Opinión

Sociedades cripto. Análisis del art. 67 de la Resolución 15/2024 de IGJ, que finalmente admite el aporte de criptoactivos al capital de las sociedades de CABA
Por Tomás Sanchez Saccone
Saccone Abogados
detrás del traje
María Ximena Suarez
De RICHARDS, CARDINAL, TUTZER, ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Nos apoyan
x cerrar