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Lunes 24 de Abril de 2023
Argentina ratifica el Convenio 108+
El 17 de abril de 2023, la directora de la Agencia de Acceso a la Información Pública de Argentina depositó los documentos de ratificación. Este fue el último requisito formal para que el Convenio 108+ se convirtiera en derecho interno en Argentina.
El Convenio 108+ incorpora:
- Definición de “encargado de tratamiento”.
- Inclusión expresa de los datos genéticos y a los datos biométricos dentro de las categorías especiales de datos.
- Obligación de los responsables del tratamiento de notificar, sin demora, al menos a la autoridad de control sobre los incidentes de seguridad que puedan afectar gravemente los derechos y libertades fundamentales de los titulares de los datos.
- Ampliación de la información que los responsables del tratamiento deben brindar a los titulares, incluyendo, entre otros, los fundamentos legales del tratamiento y las categorías de datos personales tratados.
- Reconocimiento de los nuevos derechos a los titulares de los datos, tales como el derecho a no estar sujeto a decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de datos cuando estas lo puedan afectar significativamente y cuando sus opiniones no hayan sido consideradas, y el derecho a conocer el razonamiento subyacente al tratamiento de datos cuando sus resultados se le apliquen.
- Se amplía el derecho de oposición a todo el tratamiento de datos personales.
- Incorporación del principio de responsabilidad proactiva.
- Obligación de los responsables del tratamiento y de los encargados, cuando corresponda, de evaluar los posibles impactos a los derechos y libertades fundamentales del titular que el tratamiento de datos puede conllevar previo a comenzar dicho tratamiento.
- Introducción de la obligación de adoptar mecanismos para garantizar la privacidad desde el diseño.
- Introducción de regulaciones adicionales en lo que hace al consentimiento como base legal para la transferencia internacional de datos personales.
El Convenio 108+ entrará en vigor respecto de aquellos Estados que lo hayan ratificado, siempre que el mismo tenga al menos 38 Partes. Entre las Partes del Convenio 108+, todas sus disposiciones tendrán efecto inmediatamente después de la entrada en vigor.
Por Gustavo P. Giay, Diego Fernández, Manuela Adrogue, Josefina Barbero, Julieta Alvarez y Valentina Rocca
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