Anulan Asamblea Societaria por Impedir el Ingreso de una Socia
Luego de demostrarse la calidad de socia de una mujer, lo cual surgía del derecho que tenía del título que se le había asignado al normalizarse las acciones dispuesta la emisión según el acta del directorio, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial decidió hacer lugar a la demanda por nulidad de asamblea y de sus resoluciones. De esta forma los magistrados decidieron ratificar lo resuelto en primera instancia, al considerar que se encontraba acreditado que a pesar de que la mujer había  notificado que asistiría a la asamblea, a su apoderado le había sido negado el acceso a la misma, a pesar de que dichas diligencias notariales no habían sido controvertidas ni impugnadas. Los magistrados que componen la Sala E, en los autos caratulados “Kahl, Amalia Lucía c/ Degas S.A. s/ sumario”, desestimaron lo expuesto en la expresión de agravios por los apelantes, quienes alegaban la falta de calidad de socia de la actora, lo cual había sido determinado en una causa anterior, a la vez que consideraron dirimente la falta de la presentación de títulos para demostrar la calidad de socia de la misma. Por otro lado, los jueces consideraron que al no permitirse al apoderado de la actora ingresar en la asamblea, se constituyó un proceder ilegítimo por parte de quien era el presidente del directorio de la demandada. En base a lo anteriormente expuesto, en el fallo emitido el pasado 28 de agosto, los camaristas consideraron que al no permitirse a la actora participar en la calidad de socia de la asamblea que fue impugnada, corresponde confirmar la sentencia de primera instancia que determinó la nulidad de la misma, debido a que había sido ilegítimamente privada de ese derecho.

 

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