Se Reglamentó la Ley de Fertilización Asistida

Mediante el decreto número 956, publicado en el Boletín Oficial, la presidente de la Nación, Cristina Fernández, reglamentó la Ley de Fertilización Asistida, sancionada el pasado 5 de junio.

 

Esta nueva normativa obliga a los hospitales públicos, a las prepagas y a las obras sociales a ofrecer el tratamiento de fertilización asistida a todas las personas mayores de edad.

 

La ley 26.862 aclara que se deberá brindar la prestación “sin que se pueda introducir requisitos o limitaciones que impliquen discriminación o exclusión fundadas en la orientación sexual o el estado civil”.

 

A través del decreto reglamentario se establece que una persona podrá acceder a cuatro tratamientos anuales con técnicas de baja complejidad y a tres intentos con técnicas de alta complejidad.

 

Asimismo, se formó un registro único de establecimientos sanitarios habilitados para realizar el tratamiento y de banco de gametos y embriones. El Ministerio de Salud y la Superintendencia de Servicios de Salud serán las autoridades de aplicación.

 

 

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