Resuelven el conflicto de competencia suscitado en una causa por mala praxis médica

Los autos “M., M. A. y otro c/Obra Social de Empleados Textiles y Afines y otros s/Daños y perjuicios”, se elevaron a la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil a los fines de resolver el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra la resolución de grado donde el Magistrado se inhibió de entender en las actuaciones y dispuso que debía ser el Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°5 de San Martín, Provincia de Buenos Aires. Ello, atento a haber prevenido en la causa “M., M. A. c/ Sanatorio Modelo de Caseros S.A. y otros s/Materia a designar”.

 

El Juez de grado fundó el desplazamiento de su competencia en la circunstancia que ante el Juzgado Provincia se inició la causa referida, en la cual se dispuso el secuestro de la historia clínica de la actora, y dicha medida preliminar fue incoada con anterioridad al proceso de mala praxis en trámite.

 

No obstante ello, las camaristas señalaron que todas las partes intervinientes habían consentido la radicación de las actuaciones en la justicia nacional en lo civil, y además, la causa se encontraba en plena etapa probatoria.

 

Sumado a ello, la medida preliminar decretada en la justicia provincial, es decir, el secuestro de la historia clínica de la Sra. M., M. A. ya se encontraba cumplida, y por ende la causa archivada. En cambio, las actuaciones aquí en análisis se encontraban en trámite hace casi tres años, sin que ninguna de las partes objetara su radicación.

 

En contradicción con lo resuelto en primera instancia, el 13 de mayo de 2020, las Dras. Benavente e Iturbide resolvieron revocar la resolución de grado, y confirmar que las actuaciones debían seguir tramitando en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N°60.

 

 

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