Régimen de Regularización de Deudas
Por Gonzalez & Ferraro Mila Régimen de facilidades de pago para regularizar deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social El 17 de diciembre de 2009 fue publicada en el Boletín Oficial, la Resolución General Nº 2727/09, en virtud de la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) estableció un régimen de facilidades de pago para deudas impositivas, aduaneras y de la seguridad social (el “Régimen”). El Régimen permite regularizar deudas impositivas (por cualquier impuesto) y de recursos de la seguridad social, correspondientes a los períodos fiscales 2008 y 2009, cuyo vencimiento se haya producido entre el 1 de enero de 2008 y el 31 de octubre de 2009. En materia aduanera, podrán incluirse en el Régimen las deudas por multas y cargos suplementarios por tributos a la exportación o importación, correspondientes a operaciones realizadas e infracciones cometidas hasta el 31 de octubre de 2009. No podrán solicitar la inclusión de sus deudas en el Régimen, aquellos que hayan sido imputados penalmente por delitos aduaneros o tributarios, respecto de los cuales se haya solicitado la elevación a juicio. La regularización de deuda prevista en el Régimen puede llevarse a cabo a través de planes de pago de hasta 24 cuotas, con un interés mensual de financiamiento del 0,80%. En ningún caso, las cuotas pueden ser inferiores a $150. La adhesión al Régimen debe hacerse a través de la página web de la AFIP y el pago de las cuotas puede realizarse por cualquier medio, inclusive solicitando su debito directo en cuenta bancaria. Abogados.com.ar Agradece la Colaboración del Estudio González & Ferraro Mila www.gfmlaw.com.ar

 

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