Fallos
Viernes 02 de Octubre de 2009
Quienes Venden por Teléfono Deberán Mandar Contrato por Escrito
La Legislatura porteña aprobó una norma en la que se establece que aquellas empresas que vendan productos y servicios telefónicamente, se encontrarán obligadas a remitir una copia del contrato por correo o Internet.
De esta manera, la nueva normativa aprobada en el día de ayer en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, se suma al “Registro No Llame”, estableciendo la obligación a las empresas de enviar el contrato o las condiciones del acuerdo alcanzado con el cliente por correo postal o electrónico en caso de que los pidan los clientes.
La misma ley, establece que aquellas compañías que lleven a cabo venta telefónica y posean un sitio de internet, deberán publicar en el mismo todos los bienes y servicios que vendan, así como las condiciones de contratación.
La iniciativa que había sido presentada por el diputado Gerardo Ingaramo, obliga a las compañías a brindar de forma gratuita, aquellos servicios relacionados con la atención al cliente y la gestión de reclamos.
Tal obligación fue incluida en la norma que sólo cuenta con seis artículos, debido a que el autor del proyecto sostuvo que muchos clientes se quejan acerca de que el número para efectuar reclamos no es gratuito.
La normativa que deberá ser reglamentada para su aplicación, despertó una serie de molestias en las compañías de telemarketing, debido a que las mismas no fueron consultadas sobre la iniciativa.
De esta manera, la nueva normativa aprobada en el día de ayer en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, se suma al “Registro No Llame”, estableciendo la obligación a las empresas de enviar el contrato o las condiciones del acuerdo alcanzado con el cliente por correo postal o electrónico en caso de que los pidan los clientes.
La misma ley, establece que aquellas compañías que lleven a cabo venta telefónica y posean un sitio de internet, deberán publicar en el mismo todos los bienes y servicios que vendan, así como las condiciones de contratación.
La iniciativa que había sido presentada por el diputado Gerardo Ingaramo, obliga a las compañías a brindar de forma gratuita, aquellos servicios relacionados con la atención al cliente y la gestión de reclamos.
Tal obligación fue incluida en la norma que sólo cuenta con seis artículos, debido a que el autor del proyecto sostuvo que muchos clientes se quejan acerca de que el número para efectuar reclamos no es gratuito.
La normativa que deberá ser reglamentada para su aplicación, despertó una serie de molestias en las compañías de telemarketing, debido a que las mismas no fueron consultadas sobre la iniciativa.
Artículos
Privatización del Belgrano Cargas y la reasignación de infraestructuras a la Administradora de Estructuras Ferroviarias S.A. (ADIFSA)
Por
José María Olmos y Juan María Cadenas
Cassagne Abogados
Cassagne Abogados
opinión
ver todos
Por Micaela Silva
Juztina IA
Juztina IA
Por Eugenio Maurette
M | A Abogados
M | A Abogados
Por María Victoria Busnadiego
Estudio Garrido Abogados
Estudio Garrido Abogados
detrás del traje
Nos apoyan
ASESORAMIENTO Y TRANSACCIONES
ARTÍCULOS RELACIONADOS





















































































































