El Estado Nacional, a través del Decreto 299/2023, instruyó al Ministerio de Transporte efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, a riesgo empresario y sin aval del Estado, para otorgar en Concesión de Uso y Operación de dos terminales en el Puerto Nuevo - Buenos Aires (Terminal Interior y Terminal Exterior), y, posteriormente, adjudicar las mismas y suscribir los pertinentes contratos de concesión.
Al efecto, se derogó el Decreto 870/18, y se estableció que el Ministerio de Transporte deberá aprobar los pliegos licitatorios respectivos, los que deberán (i) garantizar la competencia a través de instrumentos que prohíban la integración horizontal y restrinjan la posibilidad de integración vertical a una sola de las dos futuras concesiones; y (ii) incluir la obligación a cargo de los nuevos concesionarios de incorporar a los empleados actualmente sujetos a Convenio Colectivo de Trabajo, dependientes en forma directa de las Terminales Portuarias y de las empresas prestadoras de servicios portuarios, manteniendo sus condiciones laborales vigentes al momento de dicha incorporación.
En adición, y en función de la situación de las actuales concesionarias, se instruyó a la Administración General de Puertos a que, durante el período de transición y hasta la asunción de los nuevos concesionarios, adecúe los contratos de las Terminales Nº 1, 2, 3 y 4 de Puerto Nuevo - Buenos Aires en lo que resulte necesario, bajo el principio del mantenimiento del equilibrio de la ecuación económica financiera contractual.
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