La Procuración se expidió sobre el uso de la ley penal más benigna en casos de evasión simple

Antes de dejar la Procuración General de la Nación, Esteban Righi había definido en la Directiva 5/2012 que los fiscales deben oponerse a que se considere a la nueva ley como la más benigna, argumentando que no cambió la valoración social del hecho y que el incremento de los montos es una simple actualización de umbral mínimo de punibilidad.

 

Ahora Alejandra GilsCarbó, Procuradora General de la Nación, decidió dejar sin efecto esta norma interna que obligaba a los fiscales a oponerse a la utilización de la ley penal más benigna con respecto a los montos de evasión para los que se aplica la Ley Penal Tributaria.

 

GilsCarbó, además, instó a los fiscales a que actúen según su leal saber y entender. Cabe señalar que en la práctica, los profesionales se allanarán a la suba del mínimo de imputabilidad para que exista evasión.

 

Con la nueva Procuradora, se estimaba que la norma quede sin efecto, debido a que los fiscales apelaban remarcando que lo hacían porque se encontraban obligados por la Ley del Ministerio Público.

 

 

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