La AFIP cobrará deudas tributarias por trabajo en negro surgidas de juicios

Mediante la resolución general 3739/2015 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer el mecanismo que utilizará para cobrar las deudas a empresas.

 

Se trata de aquellos aportes o contribuciones omitidas con destino al Sistema único de la Seguridad Social de relaciones laborales no registradas y que hayan sido determinadas por sentencia laboral firme o por acuerdo conciliatorio homologado.

 

Además de los pasos a seguir para la liquidación o determinación de oficio de las mencionadas deudas, la Resolución se aplica también a la utilización indebida de beneficios de reducción de alícuotas de aportes o contribuciones de cargas sociales.

 

Cabe recordar que el nuevo procedimiento será implementado por el organismo que dirige Ricardo Echegaray sobre aquellas notificaciones que se registren a partir del 1 de abril del presente año.

 

 

Opinión

Sociedades cripto. Análisis del art. 67 de la Resolución 15/2024 de IGJ, que finalmente admite el aporte de criptoactivos al capital de las sociedades de CABA
Por Tomás Sanchez Saccone
Saccone Abogados
detrás del traje
María Ximena Suarez
De RICHARDS, CARDINAL, TUTZER, ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Nos apoyan
x cerrar