Extienden Condena Laboral al Director de una S.A. por Ocultar una Relación Laboral con una Pasantía
Tras considerar que se había llevado a cabo una simulación de una figura no contractual como la pasantía con el fin de ocultar un verdadero contrato de trabajo para evitar la aplicación de las normas del Derecho de la Trabajo de la Seguridad Social, fue extendida solidariamente la responsabilidad al administrador y director de la sociedad empleadora. La Cámara Nacional de Apelaciones decidió modificar una sentencia de primera instancia extendiendo solidariamente la responsabilidad al administrador de la sociedad anónima, tras considerar que los administradores de la sociedad deben obrar con lealtad y con la diligencia de un buen hombre de negocios, siendo responsables de forma solidaria e ilimitada por los daños y perjuicios provocados por su acción u omisión. En los autos caratulados “Giomi Pablo Javier c/ Ventalum S.A. y otro s/ despido”, el voto mayoritario de los magistrados que integran la Sala IV, consideraron que se encontraba demostrada la contratación irregular del actor a través de una pasantía, lo cual constituye un quebrantamiento a lo establecido en los artículo 59 y 274 de la Ley de Sociedades Comerciales, Según el criterio consignado por el voto mayoritario de los camaristas en el fallo emitido el pasado 22 de diciembre, resulta procedente la acción de responsabilidad prevista en el artículo 59 de la ley 19.550, donde se requiere la existencia de daños y perjuicios en relación de causalidad con la acción u omisión ilícita. Dicho voto consideró que la relación causal adecuada entre ese daño y la ilicitud imputada a la persona física codemandada es evidente, como consecuencia del perjuicio sufrido por el actor por tal simulación.  

 

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