En un Fallo sin Precedentes, la Justicia Condenó a un Empresario por Trabajo Esclavo

El primer litigio bajo la calificación de trata laboral fue resuelto en forma abreviada –arreglo entre las partes- y para que la medida se haga efectiva, solo falta la firma del Tribunal.

 

En la causa, el Gobierno de Mendoza realizó una denuncia por 15 trabajadores provenientes de la provincia de Tucumán que eran sometidos a condiciones de explotación laboral.

 

Raúl Comeglio, el acusado propietario de la plantación, fue condenado a 4 años de prisión y ya se encuentra en el penal mendocino de Boulogne sur Mer.

 

Este caso se convirtió en el primero de “explotación laboral” que llegaba a los estrados. La denuncia fue realizada por Héctor Rubén Cuello, director de la Protección de los Derechos Humanos de la provincia.

 

Según el denunciante, las personas "vivían en condiciones muy precarias, deplorables, en ranchos de adobe, techo de caña, con la presencia de arañas, ratas, vinchucas, murciélagos y sin camas, sin agua,sin baños y con la promesa del propietario de abonarles la cosecha que habían finalizado, inscribirlos en los registros y pagarles el boleto para regresar a su provincia".

 

Los magistrados se respaldaron en el artículo 145 bis de la Ley 26.364, el cual sanciona con prisión de 3 a 6 años al que “captare, transportare o trasladare, dentro del país o desde o hacia el exterior, acogiere, o recibiere personas mayores de 18 años, cuando mediante engaño, fraude, violencia, amenaza o cualquier otro medio de intimidación o coerción, abuso de autoridad o de una situación de vulnerabilidad, concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre la víctima, con fines de explotación".

 

Por su parte, los camaristas remarcaron que "Raúl Comeglio, durante los meses de febrero, marzo y abril de 2012, acogió en la finca de su propiedad a un grupo aproximado de 15 personas oriundas de la provincia de Tucumán, aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de aquellos, con fines de explotación. Acogió, en tanto hospedó y/o alojó en su finca a un grupo de cosechadores que amenazaba con no pagarles y arrojarles sus pertenencias si daban a conocer la situación en la que se encontraban".

 

En la condena se utilizó el mecanismo de juicio abreviado, por el cual la persona imputada reconoce los hechos que se le atribuyen, su autoría y la calificación legal propuesta por el fiscal para que se fije un máximo de pena inferior al de la figura.

 

 

Opinión

Se cierra el círculo. La extinción de los contratos de duración - Un valioso pronunciamiento de la Suprema Corte de Justicia
Por Jonas Bergstein
Bergstein Abogados
opinión
ver todos
Bienvenidos los cambios en el proceso sumario de Defensa de la Competencia
Por Luis Diego Barry
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen

La extinción del contrato de trabajo por fuerza mayor o falta o disminución de trabajo: Interpretación judicial reciente
Por Ricardo I. Kennedy
Diaz Bobillo, Vittone, Carassale, Richards & Goyenechea Abogados


El GAFI, la Argentina y su deuda
Por Tomás Guido (*)
Estudio Durrieu

detrás del traje
Ignacio Gonzalez Zambón
De TCA TANOIRA CASSAGNE
Nos apoyan