El Ministerio de Ambiente de la Provincia de Buenos Aires aprueba un nuevo marco regulatorio para la gestión de residuos industriales no especiales

El 17 de abril de 2026 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Resolución N° 60/2026 del Ministerio de Ambiente (la “Resolución”), mediante la cual se estableció el marco regulatorio aplicable a la gestión de los residuos industriales no especiales en el territorio de la Provincia de Buenos Aires. 

A continuación, se destacan los puntos fundamentales de la Resolución:

 

  • Responsabilidad de Generadores: Se establece que los generadores de residuos industriales no especiales son responsables de la gestión integral de los residuos, debiendo reducir su generación, seguir la jerarquía de tratamiento allí descripta (la cual prevé como última instancia, la disposición final), separarlos adecuadamente, llevar un registro digital de su gestión y capacitar al personal.
  • Registros: Se crean nuevos instrumentos de control, entre ellos, el Registro Provincial de Generadores de residuos industriales no especiales, el Registro de Operadores y el Registro de Tecnología, exigiendo inscripción obligatoria, declaraciones juradas periódicas y el cumplimiento de requisitos técnicos y ambientales para la gestión, transporte, tratamiento y disposición final de los residuos indicados.
  • Gestión Operativa: Se regulan condiciones específicas para el almacenamiento (con un plazo máximo de un año), el transporte mediante operadores habilitados y la posibilidad de reutilizar los residuos como insumos productivos.
  • Certificación y Sanciones: Se prevé un sistema de certificación de tratamiento y disposición final de los residuos, así como un régimen sancionatorio ante incumplimientos. 

La Resolución entrará en vigencia a los 3 meses de su publicación en el Boletín Oficial; es decir, el 17 de julio de 2026.  

 

 

Pérez Alati, Grondona, Benites & Arntsen
Ver Perfil

Opinión

La obra que reside en el cuerpo: tatuajes y propiedad intelectual: el caso de “Duki”
Por Maria Sol Olivieri
Tavarone, Rovelli, Salim, Miani
opinión
ver todos
Decreto 407/ 2026 - Aportes sindicales una aclaración necesaria pero ¿suficiente?
Por Julio Javier Lo Coco
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten

La Inteligencia Artificial y el rol del abogado
Por Augusto C. Acuña
Estudio Acuña & Godoy Abogados


Cambios en el régimen de Lealtad Comercial: El Proyecto de Ley frente al actual DNU 274/2019
Por Sonia A. Del Regno (*)
Pérez Alati, Grondona, Benites & Arnsten

detrás del traje
Nos apoyan