Durante su informe a la nación del 24 de mayo de 2019, el Presidente de la República, Lenin Moreno, presentó a la Asamblea Nacional un proyecto económico urgente [1] bajo el nombre de “Proyecto de Ley Orgánica para el Fomento Productivo y Atracción de Inversiones, Generación de Empleo, Estabilidad y Equilibrio Fiscal”. El proyecto de ley incluye exoneraciones, eliminaciones y cambios en una serie de impuestos, y reformas para los sectores de hidrocarburos y minería. Entre las reformas mencionadas se incluyen las siguientes:
Remisión de multas e intereses
El proyecto de ley dispone una nueva remisión del 100% de intereses y multas que administra y recauda el Servicio de Rentas Internas (SRI). Las empresas tendrán hasta 90 días luego de la publicación de la ley para aprovechar este beneficio. El SRI puede otorgar facilidades de hasta un año.
Asimismo, el proyecto reduce intereses, multas y recargos en las obligaciones patronales de seguridad social, en un rango del 50% al 99%, con plazos desde 90 días a 2 años. La reforma no incluye fondos de reserva, préstamos no garantizados y préstamos hipotecarios.
Sector de hidrocarburos
El proyecto de ley propone que en los contratos de exploración y participación de hidrocarburos el porcentaje de participación del Estado se ajustará de acuerdo con el precio de referencia y los volúmenes de producción. Es decir, a medida que aumenten los precios de referencia, aumentará la participación del Estado, con el fin de controlar las ganancias de los contratistas por ventas de excedentes.
Sector minero
Los concesionarios mineros y las plantas beneficiarias podrán pagar un porcentaje de las ventas de minerales en un rango de 5% a 8% para los proyectos mineros medianos y grandes. Los criterios para calcular la regalía serán establecidos en el reglamento que se creará a ese efecto, de acuerdo con el principio de progresividad, volúmenes de producción, tipo de concesión y precio de los minerales.
La reforma implica la eliminación del impuesto a las ganancias extraordinarias para las partes que celebren y ejecuten acuerdos de explotación y servicios mineros.
[1] Art. 140. La Presidenta o Presidente de la República podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley calificados de urgencia en materia económica. La Asamblea deberá aprobarlos, modificarlos o negarlos dentro de un plazo máximo de treinta días a partir de su recepción. (Constitución de la República del Ecuador, Registro Oficial 449 of 20-Oct-2008, última modificación: 14-Feb-2018).
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