Decreto N°84/2024: impuestos internos

A través del Decreto N°84/2024, publicado en el Boletín Oficial el pasado 25 de enero, se actualizó la base mínima imponible de la Ley de Impuestos Internos para ciertos automotores, motociclos y velocípedos.

 

Se introdujeron cambios, dejando transitoriamente sin efecto el impuesto establecido para aquellas operaciones cuyo precio de venta sea igual o inferior $19.826.151, respecto de los vehículos automotores terrestres concebidos para el transporte de personas (excepto los autobuses, colectivos, trolebuses, autocares, coches ambulancia y coches celulares), los preparados para acampar y para los chasis con motor y motores de los vehículos citados. Asimismo, aquellas operaciones cuyo precio de venta sea superior a la suma mencionada en el párrafo anterior pero inferior a $36.602.126 estarán gravadas con una tasa del 20%. En caso de que el monto sea superior al mencionado anteriormente, será de aplicación una tasa del 35%.

 

Con relación a las motociclos y velocípedos con motor, se deja transitoriamente sin efecto el impuesto para aquellas operaciones cuyo precio de venta sea igual o inferior a $5.324.463. Las operaciones cuyo precio de venta sea superior a dicha suma e inferior a $6.826.234 estarán gravadas con una tasa del 20%. En caso de que dicho monto sea igual o superior a esa cifra, será de aplicación la tasa del 30%.

 

A partir del mes de abril de 2024, la AFIP actualizará trimestralmente los importes consignados, considerando la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (IPM).

 

Por Santiago Luis Montezanti y Enrique López Rivarola

 

 

Beccar Varela
Ver Perfil

Opinión

Sociedades cripto. Análisis del art. 67 de la Resolución 15/2024 de IGJ, que finalmente admite el aporte de criptoactivos al capital de las sociedades de CABA
Por Tomás Sanchez Saccone
Saccone Abogados
detrás del traje
María Ximena Suarez
De RICHARDS, CARDINAL, TUTZER, ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Nos apoyan
x cerrar