Confirman la multa dispuesta a la ART que no brindó asesoramiento acerca de la existencia de riesgos sobre la salud de los trabajadores

En los autos "Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/Experta ART S.A. s/Organismos Externos", Experta ART S.A. apeló la resolución que le impuso una sanción equivalente a 301 MOPRES, por infracción a lo dispuesto en el art. 18 incs. a) y b) del Decreto 170/96.

 

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) sancionó a la Experta ART S.A. con relación al empleador Devesa Casañas y Compañía S.R.L. y su establecimiento ubicado en Ramos Mejía, provincia de Buenos Aires. Concretamente, se le imputó "no haber brindado asesoramiento ni ofrecido asistencia técnica sobre la existencia de riesgos y sus potenciales efectos sobre la salud de los trabajadores y sobre la normativa en materia de higiene y seguridad en el trabajo".

 

La Sala F de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial destacó la innegable obligación de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo de implementar medidas necesarias para evitar siniestros laborales. Específicamente, "el asesoramiento y capacitación al empleador afiliado y sus trabajadores sobre la seguridad e higiene en sus labores".

 

La documentación aportada por la recurrente frente al requerimiento cursado, no revelaba ninguna tarea de asesoramiento y capacitación acorde a los incumplimientos y críticas detectadas en la inspección.

 

Al respecto, los camaristas agregaron que "las visitas constituyen una oportunidad única para que la Aseguradora tome contacto con su afiliada, y descubra los posibles riesgos a los que están expuestos los trabajadores que desarrollan sus tareas, los exponga, denuncie y obviamente luego a través de su ayuda, asesorando y capacitando logre reducirlos y de ser posible suprimirlos".

 

Sumado a ello, los magistrados señalaron el reconocimiento vertido por la demandada en el descargo realizado en sede administrativa, al expresar que "si bien es cierto, que no pueden soslayarse ciertos incumplimientos".

 

El 2 de noviembre, los Dres. Lucchelli, Tevez y Barreiro confirmaron el deber de imponer una multa a la ART, reduciendo la misma a 140 MOPRES.

 

 

Opinión

Sociedades cripto. Análisis del art. 67 de la Resolución 15/2024 de IGJ, que finalmente admite el aporte de criptoactivos al capital de las sociedades de CABA
Por Tomás Sanchez Saccone
Saccone Abogados
detrás del traje
María Ximena Suarez
De RICHARDS, CARDINAL, TUTZER, ZABALA & ZAEFFERER S.C.
Nos apoyan
x cerrar