Conceden Prórroga de la Intervención Judicial en una Sociedad
Una resolución por medio de la cual se rechazaba el pedido efectuado para prolongar la intervención judicial en una sociedad, fue modificada por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial. Los magistrados, decidieron hacer lugar al planteo presentado, luego de considerar que se mantenía la situación de conflictividad existente entre los socios de la compañía, la cual había dado origen a la intervención establecida. Según la postura adoptada por partes de los jueces que componen la Sala D, en los autos caratulados “Lorusso, Elba Susana y oro c/ Gioffre, Ángel Antonio y otros s/ medida precautoria”, determinaron que en caso de que se hubiese configurado un eventual incumplimiento de la labor del interventor, tal situación no significaba que la medida cautelar impuesta debiera dejarse sin efecto. Luego de analizar las circunstancias necesarias para poder resolver sobre el pedido efectuado, los jueces consideraron que debe mantenerse la intervención sobre la misma durante el período en que se encuentre latente la posibilidad relativa a un peligro inminente para la continuidad de la compañía. En base a los argumentos expresados, los camaristas decidieron modificar la resolución de primera instancia, admitiendo el recurso interpuesto.

 

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