Compraventa de Automotores: Incrementan el Monto Para Solicitar Información Financiera Respaldatoria

La denominada política “Conozca a su cliente”, aplicada a los sujetos obligados cuya actividad comercial se encuentre relacionada a la compraventa de automotores, camiones, motos, ómnibus y microómnibus, tractores, maquinaria agrícola y vial, así como bienes inmuebles, fue modificada.

De esta manera, la Unidad de Información Financiera, mediante la Resolución número 49/2013, actualizó el monto anual de las operaciones a partir del cual el sujeto obligado deberá solicitar información adicional a sus clientes.

Con respecto a la compraventa de vehículos, la suma anual determinada por el organismo presidido por José Sbtatella es de 350 mil pesos (el monto anterior estaba fijado en 300 mil pesos).

Cabe señalar que para la compraventa de inmuebles, la suma anual estipulada ascendió de 600 mil pesos a 1 millón de pesos. La Resolución número 34/2011 fue derogada a partir de la nueva disposición.

Esta solicitud de documentación respaldatoria que sustente el origen declarado de los fondos se encuadra con lo establecido en la Recomendación 1 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI).

 

 

Opinión

La reconfiguración de los conceptos remunerativos en la Ley 27.802: alcances, tensiones interpretativas e implicancias prácticas
Por Jimena Dobusz
Aguirre, Saravia & Gebhardt
detrás del traje
Micaela Silva
De JUZTINA IA
Nos apoyan