Fallos
Martes 20 de Octubre de 2009
Analizan Proyecto de Ley Para Crear Comites de Salud Mixtos en Empresas
El socialismo santafesino, a través de la diputada Mónica Fein, sometió a dictamen de la Cámara de Diputados, un proyecto de ley que dispone la creación de comités de salud y condiciones y medio ambiente de trabajo que incluyan la participación de los trabajadores en todas aquellas empresas productivas, extractivas, agropecuarias, industriales o de servicios públicos nacionales o provinciales, privadas o mixtas con independencia de la forma societaria que revistan, incluyendo dependencias públicas en los órdenes nacional y provincial.
En lo referente al comité, será “un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos”.
Las funciones más destacas de esas futuras organizaciones mixtas que por imperativo legal deberán crearse pueden resumirse en ejercer el control sobre el cumplimiento de normas reglamentarias que imperen en la materia; realizar inspecciones de prevención y análisis de riesgos laborales; elaborar planes preventivos de riesgos del trabajo y ponerlos en práctica, evaluar la calidad de los planes de seguridad en vigencia, y suspender tareas si se comprueba que existe un gran riesgo para los trabajadores.
La obligación de que existan estos comités se presenta en toda empresa de más de 50 trabajadores, y deberán estar representados tanto los empleados como el empleador. Cada uno de los miembros del comité se denominarán delegados y su número variará en proporción a los empleados de la firma en cuestión, pudiendo ser tanto mujeres como varones por igual.
En lo referente al comité, será “un órgano paritario y colegiado de participación destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la empresa en materia de prevención de riesgos”.
Las funciones más destacas de esas futuras organizaciones mixtas que por imperativo legal deberán crearse pueden resumirse en ejercer el control sobre el cumplimiento de normas reglamentarias que imperen en la materia; realizar inspecciones de prevención y análisis de riesgos laborales; elaborar planes preventivos de riesgos del trabajo y ponerlos en práctica, evaluar la calidad de los planes de seguridad en vigencia, y suspender tareas si se comprueba que existe un gran riesgo para los trabajadores.
La obligación de que existan estos comités se presenta en toda empresa de más de 50 trabajadores, y deberán estar representados tanto los empleados como el empleador. Cada uno de los miembros del comité se denominarán delegados y su número variará en proporción a los empleados de la firma en cuestión, pudiendo ser tanto mujeres como varones por igual.
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