En breve
Mediante la Resolución N° 57/2026 (“Resolución”), el Ente Nacional de Comunicaciones (“ENACOM”) actualizó el régimen aplicable a la homologación de actividades y materiales de telecomunicaciones en Argentina.
En profundidad
En el marco de la Ley Argentina Digital N° 27.078, ENACOM introdujo actualizaciones al procedimiento de homologación aplicable a las actividades y materiales de telecomunicaciones.
La actualización está orientada a adecuar dichos procedimientos a la evolución tecnológica, al incremento en la diversidad de equipos y a las nuevas modalidades de comercialización, incorporando criterios de simplificación administrativa y fortalecimiento de los mecanismos de control.
Las principales novedades introducidas por la Resolución son, entre otras:
- La aprobación del Reglamento del Registro de Actividades y Materiales de Telecomunicaciones (“RAMATEL”), mediante el cual se establecen los principios, procedimientos y disposiciones aplicables a los materiales de telecomunicaciones y a los fabricantes, representantes o importadores de los mismos. Este reglamento entrará en vigencia el 1° de septiembre de 2026.
- La creación del Registro de Agencias de Certificación de Materiales de Telecomunicaciones y la consecuente aprobación de su reglamento, cuya función principal reside en administrar un sistema de certificación de tercera parte que permita emitir los Certificados de Conformidad requeridos en el proceso de homologación.
- La aprobación del Reglamento del Registro de Laboratorios de Ensayos de Materiales de Telecomunicaciones, con el objeto de establecer las condiciones para el reconocimiento por parte de ENACOM de los Laboratorios de Ensayos, así como los principios, procedimientos y disposiciones que regirán el referido registro (anteriormente denominado “Registro de Laboratorios Acreditados”).
- La continuidad de los registros vigentes con plazos de adecuación definidos, estableciendo que las inscripciones actuales en el Registro de Materiales de RAMATEL mantendrán su vigencia por tres años desde la publicación de la Resolución, mientras que los laboratorios reconocidos conservarán su inscripción por dos años, vencidos los cuales deberán adecuarse a los nuevos reglamentos para evitar la baja automática. Por su parte, las inscripciones en el Registro de Actividades vigentes de RAMATEL mantendrán tal condición (sin necesidad de renovación alguna).
- El otorgamiento de inscripciones sin fecha de vencimiento, sustituyendo el sistema de renovaciones periódicas por un esquema basado en vigilancia de mercado, auditorías, controles y eventuales sanciones.
La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial el 26 de febrero de 2026 y entró en vigencia el día siguiente al de su publicación.
Por Guillermo Cervio, Martín Roth y Catalina Beñatena
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