Extienden vigencia de los beneficios de la Ley de Protección al Empleo y de la Ley que Flexibiliza los Requisitos de Acceso al Seguro de Cesantía

El día 4 de diciembre de 2020 se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo N°2.097 (en adelante, el “Decreto”) del Ministerio de Hacienda, que extiende la vigencia de los beneficios y prestaciones contemplados en los títulos I y II de la ley N°21.227 (“Ley de Protección del Empleo”) y en la ley N°21.263 (que flexibiliza los requisitos de acceso e incrementa el monto de las prestaciones del seguro de desempleo) y otorga nuevos giros con cargo al fondo de cesantía solidario.

 

El Decreto establece principalmente las siguientes medidas:

 

1) Extiende hasta el 6 de marzo de 2021 la vigencia de los beneficios y prestaciones del título I de la Ley de Protección del Empleo, que faculta el acceso a las prestaciones del seguro de desempleo a aquellos trabajadores cuyos contratos de trabajo se encuentren suspendidos por acto de autoridad o por pacto de suspensión suscrito con el empleador.

 

2) Adicionalmente, el Decreto otorga hasta un doceavo giro con cargo al fondo de cesantía solidario de la ley N°19.728, para aquellos beneficiarios cuyo contrato de trabajo se encuentre suspendido por acto de autoridad y que hayan agotado su derecho a giros con cargo a dicho fondo.Para estos efectos, se establece un 45% como el porcentaje promedio de remuneración sobre el cual se calcularán las prestaciones de dichos giros, fijándose como valor superior para dichos giros la suma de $419.757 y como valor inferior la suma de $225.000.

 

3) Extiende hasta el 31 de diciembre de 2021 la vigencia de los beneficios y prestaciones del título II de la Ley de Protección del Empleo, que permite la suscripción de pactos de reducción de jornada en hasta un 50% de la misma, otorgando al trabajador un complemento adicional a su sueldo de hasta un 25%, con cargo al seguro de cesantía.

 

4) Extiende hasta el 6 de marzo de 2021 la vigencia de los beneficios y prestaciones de la ley N°21.263 que flexibiliza transitoriamente los requisitos de acceso al seguro de desempleo e incrementa durante su vigencia el monto de las prestaciones del seguro de desempleo.

 

 

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