Uruguay
Empresas de Zona Franca, prorroga para presentar declaración jurada DGI

DGI ha publicado recientemente la Resolución DGI 1211/019, que establece una prorroga al vencimiento de la Declaración Jurada que deben presentar los usuarios de zona franca, de acuerdo al numeral 3 de la Resolución DGI 231/019.

 

De acuerdo con el artículo 54, del Decreto 309/018, las rentas derivadas de la explotación de derechos de propiedad intelectual y otros bienes intangibles de similar naturaleza que obtengan los usuarios de zonas francas, estarán exentas siempre que provengan de actividades de investigación y desarrollo realizadas dentro de zona franca. Asimismo, estarán exoneradas del IRAE por el monto que surja de aplicar un coeficiente especifico determinado en dicho artículo.

 

Estos usuarios deberán presentar, entre otras cosas, una Declaración Jurada especial en los términos y condiciones que establezca la DGI.

 

En esa línea, se emite la Resolución DGI 231/019, donde se establecen los términos y condiciones de la Declaración Jurada antes mencionada. El numeral 3 de esta Resolución, determina que el plazo de presentación será dentro del cuarto mes siguiente al cierre del ejercicio, a partir del 1 de mayo de 2019.

 

Por los ejercicios cerrados entre el 1/03/2018 y 31/12/2018, el plazo para presentar la declaración jurada a que refiere el presente numeral, vencerá en el mes de mayo de 2019.

 

La nueva Resolución DGI 1211/019, establece que para los contribuyentes con cierre de ejercicio entre el 31/12/2018 a 31/03/2019 el vencimiento de la referida Declaración Jurada será en octubre de 2019, conforme a las fechas previstas al cuadro general de vencimientos emitido por DGI.

 

 

BRAGARD
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