Covid-19: Publicación de Medidas de alivio tributario

Con fecha 1 de abril de 2020, se publicó el Decreto Nº 420 que regula algunas de las medidas tributarias recientemente anunciadas por el Gobierno para intentar aliviar a los contribuyentes afectados con la crisis del COVID-19.

 

Las medidas establecidas son las siguientes:

 

1) Postergación del pago del IVA de los próximos 3 meses para todas las empresas con ingresos menores a UF 350.000, posibilitando su pago en 6 cuotas mensuales sin intereses para los que tengan ingresos entre UF 75.000 y UF 350.000 y en 12 cuotas mensuales sin intereses para las empresas con ingresos menores a UF 75.000.

 

2) Postergación del pago de la cuota de las Contribuciones de Bienes Raíces del mes de abril próximo, para empresas que, incluyendo los ingresos de sus empresas relacionadas, tengan ingresos inferiores a UF 350.000, y para personas naturales con propiedades cuyo avalúo fiscal sea inferior a $133 millones. El pago de esta cuota se deberá realizar en tres cuotas iguales y sin intereses en las fechas de pago de contribuciones de las restantes cuotas del año.

 

3) Condonación de los pagos provisionales mensuales (PPM) del Impuesto a la Renta de las empresas por los próximos 3 meses sin hacer distinción respecto del tamaño de las mismas.

 

4) Anticipación para el mes de abril de la devolución de impuestos que le corresponda a personas naturales y empresas con ingresos hasta UF 75.000.

 

5) Postergación hasta julio de 2020 de la declaración y pago anual del Impuesto a la Renta de las empresas con ingresos de hasta UF 75.000.

 

6) Se ordena a la TGR para que, en el mes de abril de 2020, condone o devuelva, según sea el caso, las retenciones efectuadas a rentas de trabajadores independientes (Que emiten boletas de honorarios sujetas a retención) por los meses de enero y febrero de 2020.

 

7) Medidas de alivio para el tratamiento de deudas tributarias con la Tesorería General de la República (“TGR”) focalizadas en empresas que, incluyendo los ingresos de sus empresas relacionadas con ingresos de hasta UF 350.000, y en personas naturales con ingresos de hasta $45.000.000 aproximadamente, otorgando flexibilidad para celebrar convenios de pago de deuda tributarias con la TGR y condonar intereses y multas.

 

8) Postergación hasta julio de 2020 del plazo para optar en acogerse a los distintos regímenes tributarios establecidos en Ley sobre Impuesto a la Renta (Régimen General, Pro Pyme o de Transparencia).

 

9) Faculta al SII y a la TGR para condonar totalmente intereses y multas por declaraciones de impuesto territorial o de Impuesto a la Renta que hayan sido presentados fuera de plazo hasta el 30 de septiembre de 2020.

 

 

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