Actualización por RIPTE de las prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo

El 18 de septiembre de 2020 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 70/2020 de la Superintendencia de Riesgos del trabajo que actualizó las prestaciones dinerarias de la Ley de Riesgos del Trabajo conforme el índice Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) para el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2020 y el 28 de febrero de 2021, de acuerdo al siguiente detalle:

 

  • Las compensaciones adicionales de pago único, previstas en el artículo 11, apartado 4, incisos a), b) y c) de la Ley 24.557,  se actualizan a las sumas $ 1.548.214, $ 1.935.268 y $ 2.322.321, respectivamente.
  • El piso mínimo de la indemnización del artículo 14, apartado 2, incisos a) y b) de la Ley 24.557, se actualiza a la suma de $ 3.483.482 multiplicado por el porcentaje de Incapacidad Laboral Permanente.
  • El  piso mínimo de la indemnización del artículo 15, apartado 2 de la Ley 24.557, se actualiza a la suma de $ 3.483.482
  • El  piso mínimo de la indemnización adicional de pago único prevista en el artículo 3° de la Ley 26.773 en caso de muerte o incapacidad total se actualiza a la suma de $ 659.697.

Por Pablo Calaza y Yamila Lombardo

 

 

RICHARDS CARDINAL TÜTZER ZABALA & ZAEFFERER S.C.
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